El Consejo Europeo ha acordado su posición sobre las nuevas normas de cumplimiento transfronterizo en cuanto a las prácticas comerciales desleales en la cadena de suministro agroalimentaria.
La propuesta pretende establecer un conjunto integral de normas para la cooperación transfronteriza contra las prácticas comerciales desleales en las relaciones entre empresas dentro de la cadena de suministro agrícola y alimentaria, así como mejorar la cooperación transnacional cuando los proveedores y compradores se encuentran en diferentes Estados miembros.
El reglamento propuesto introduce un mecanismo de asistencia mutua que permitiría a las autoridades nacionales de ejecución solicitar e intercambiar información y solicitar a otra autoridad de ejecución que adopte medidas en su nombre. También introduce un mecanismo de acción coordinada en casos de prácticas comerciales desleales transfronterizas a gran escala que afecten al menos a tres países de la UE. En tales casos, se designará un coordinador para facilitar la respuesta.
“Nuestros agricultores merecen un nivel de vida digno gracias a su trabajo. Con estas normas, los protegeremos mejor contra las prácticas comerciales desleales transfronterizas y fortaleceremos su posición en la cadena de suministro de alimentos”, ha señalado Czesław Siekierski, ministro polaco de Agricultura y Desarrollo Rural.
Principales cambios acordados por el Consejo
El Consejo apoya los principales elementos de la propuesta de la Comisión, pero sugiere una serie de mejoras en su mandato de negociación. En particular, el Consejo está de acuerdo en que el Reglamento debe contener normas de cooperación entre los Estados miembros en casos de prácticas comerciales desleales por parte de compradores de fuera de la UE, con el fin de proteger mejor a los agricultores europeos.
Además, el mandato del Consejo introduce normas sobre la cobertura de los costes generados en casos de asistencia mutua. El Estado miembro que solicite información o medidas de investigación o ejecución cubrirá los costes necesarios generados por el Estado miembro que llevó a cabo la investigación o la ejecución. Asimismo, las multas recaudadas podrán utilizarse para cubrir estos costes.
El mandato también aclara las reglas bajo las cuales los Estados miembros pueden negarse a cumplir una solicitud de información de la autoridad nacional de un Estado miembro diferente o negarse a participar en medidas de cumplimiento. También aclara las normas de protección de datos y confidencialidad.
Con este acuerdo la Presidencia está lista para iniciar las negociaciones con el Parlamento Europeo, una vez que éste haya definido su posición.










