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Barcelona aprueba la tasa de reparto de ecommerce

27/02/2023
en Industria auxiliar
Barcelona-entrega envios

El Pleno del Ayuntamiento de Barecelona ha aprobado, con los votos favorables de los grupos del Gobierno, BComú y el PSC, y de los grupos municipales de ERC, J×Cat y Cs, la TREC (tasa de reparto de e-commerce) para regular el uso del espacio público que realizan estas empresas y que hasta ahora era gratuito.

El consistorio señala que el gran incremento de la entrega de paquetes enviados a través de grandes operadoras postales de comercio electrónico “incide negativamente en la congestión del tráfico y el incremento de la contaminación, y supone un desequilibrio de la competencia con el comercio de proximidad” y recuerda que es la primera vez en todo el Estado que una ciudad propone una regulación destinada a las grandes operadoras postales.

En concreto, la nueva regulación se dirige a las grandes operadoras postales de comercio electrónico que desarrollan una actividad masiva en la ciudad. Por eso la propuesta establece que solo estarán sujetas las empresas con unos ingresos brutos de más de un millón de euros obtenidos por entregas en los destinos finales indicados por los consumidores de Barcelona. Además, el importe que tendrán que abonar el conjunto de operadoras no podrá superar los 2,6 millones de euros, límite fijado para el aprovechamiento.

La tasa también se aplicará en caso de que alguna empresa subcontrate la actividad a otras empresas o personas autónomas, pero la ordenanza dispone que lo tendrá que pagar el operador postal. En el caso de grupos de empresas, lo tendrá que pagar la empresa que tenga más facturación anual.

Se prevé que esta nueva tasa la gestione en régimen de autoliquidación el contribuyente, que tendrá que presentarla telemáticamente entre el 1 y el 30 de julio del ejercicio posterior al grabado. Por lo tanto, el ejercicio 2023 se autoliquidará durante el mes de julio del 2024.

La regulación establece una serie de actividades no sujetas a la tributación o exentas de tributar:

-Distribuciones efectuadas en el marco del servicio de transporte de mercancías que no intervengan en el mercado como operadores postales. Por ejemplo, si un establecimiento de la ciudad tiene una flota de vehículos para entregar a domicilio los productos que los ciudadanos hayan podido adquirir presencialmente o a través de su web.

-Distribuciones realizadas en los comercios de la ciudad con la finalidad de ser comercializadas en fase minorista (entre empreses). Por ejemplo, la distribución de bebidas a un restaurante.

-Distribuciones realizadas sin utilizar ningún vehículo.

-Distribuciones efectuadas en un punto de recogida que esté incluido en el registro de puntos de recogida que creará el Ayuntamiento de Barcelona y que se actualizará anualmente.

-Operadoras con una facturación inferior a un millón de euros obtenida por entregas en Barcelona.

Tags: ayuntamientoBarcelonaecommerceRepartoTasa
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