La Comisión Europea ha aprobado, de conformidad con el Reglamento de concentraciones de la UE, la propuesta de adquisición de DS Smith DS por parte de International Paper Company, aunque la aprobación está condicionada al pleno cumplimiento de los compromisos asumidos por las partes.
Según explica el ejecutivo comunitario, International Paper y DS Smith son dos empresas de papel y embalaje integradas verticalmente. La investigación de la Comisión mostró que la transacción, tal como se notificó inicialmente, habría reducido la competencia en los mercados de fabricación y suministro de chapas onduladas en el norte y oeste de Portugal; chapas onduladas de gran resistencia en el noreste de España; y cajas de cartón ondulado en el noroeste de Francia.
En particular, la Comisión consideró que la transacción habría dado lugar a participaciones combinadas elevadas, así como a altos niveles de concentración, en varios mercados locales. La Comisión también concluyó que, después de la fusión, no habría suficientes competidores alternativos para ejercer suficiente presión competitiva sobre la entidad fusionada. Esto habría provocado que los precios para los consumidores en los mercados afectados fueran más altos.
Las soluciones propuestas
Para abordar las preocupaciones de competencia de la Comisión, las partes ofrecieron vender cinco de las plantas de International Paper en Europa: tres plantas en Normandía, Francia (a saber, una planta de cajas en Saint-Amand-Villages, una planta de cajas en Mortagne y una planta de chapa en Cabourg); una planta de cajas en Ovar, Portugal; y una planta de cajas en Bilbao, España.
Estos compromisos abordan plenamente los problemas de competencia identificados por la Comisión, eliminando por completo las superposiciones entre las actividades de las partes en los mercados de cajas de cartón ondulado en el noroeste de Francia. Los compromisos también eliminan la superposición en lo que respecta al suministro de láminas de cartón ondulado en los problemáticos mercados locales de Portugal y España y, como tal, cualquier preocupación de exclusión vertical con respecto a las cajas de cartón ondulado. La Comisión aprobará posteriormente el comprador o compradores adecuados de las empresas cedidas.
Tras la respuesta positiva recibida durante la prueba de mercado, la Comisión concluyó que la transacción, modificada por los compromisos, ya no plantearía problemas de competencia. La decisión está condicionada al pleno cumplimiento de los compromisos. Bajo la supervisión de la Comisión, un fideicomisario independiente supervisará su implementación.










