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Retrasan a 2023 el impuesto al plástico de un sólo uso

20/12/2021
en Industria auxiliar
Plásticos

La Comisión para la Transición Ecológica del Congreso de los Diputados ha aprobado el proyecto de Ley de Residuos con una enmienda que retrasa a 2023 la aplicación del impuesto sobre los envases de plástico no reutilizables. Esta norma recoge, por primera vez en la legislación española, limitaciones a los plásticos de un solo uso. Así, se introducen medidas para la reducción del consumo de estos productos, que deberá ser en 2026 del 50% en peso, con respecto a 2022; y en 2030, del 70% en peso, con respecto a 2022.

Están sujetos a esta reducción los vasos para bebidas, incluidos sus tapas y tapones, y los recipientes para alimentos. Para cumplir con estos objetivos, la ley establece que “todos los agentes implicados en la comercialización fomentarán el uso de alternativas reutilizables o de otro material no plástico”. Además, a partir del 1 de enero de 2023, se deberá cobrar un precio por cada uno de los productos de plástico.

Esta norma también introduce el impuesto especial sobre los envases de plástico no reutilizables, un tributo de naturaleza indirecta. Estarán sujetas a este gravamen la fabricación, la importación o la adquisición intracomunitaria de estos productos, a excepción de cuando se trate de medicamentos, productos sanitarios, alimentos para usos médicos especiales o preparados para lactantes de uso hospitalario. La base imponible del impuesto estará constituida por la cantidad de plástico no reciclado presente en el envase, que se gravará con 0,45 euros por kilogramo.

De igual manera, la ley también prohíbe, a partir del 3 de julio de 2021, la introducción en el mercado de productos de plástico como bastoncillos de algodón, pajitas (con ciertas excepciones), cubiertos, platos, agitadores de bebidas, palitos destinados a sujetar globos, recipientes para alimentos y bebidas de poliestireno expandido, todos los productos de plástico oxodegradable y las microesferas de plástico de menos de cinco milímetros.

Como complemento a la normativa europea, esta ley también determina que, en relación con ciertos productos de plástico no compostable, como bandejas, artículos monodosis, anillas de plástico y palitos de plástico usados por el sector alimentario, los agentes comercializadores deberán impulsar su sustitución por alternativas reutilizables y otros materiales tales como plástico compostable, madera, papel o cartón.

Recogida separada de residuos y reciclaje

Por otra parte, este proyecto de ley prevé la implantación de nuevas recogidas separadas de residuos, para biorresiduos domésticos, antes del 31 de diciembre de 2021 para las entidades locales con más de 5.000 habitantes, y antes del 31 de diciembre de 2023 para el resto de municipios. De igual manera, se deberá implementar, antes del 31 de diciembre de 2024 la recogida de residuos textiles, de aceites de cocina usados, de residuos domésticos peligrosos y de residuos voluminosos.

El texto también regula la eliminación de los residuos, que deberá llevarse a cabo de manera segura, y en el caso del depósito en vertedero, tras haber sido sometidos a un tratamiento previo. Además, prohíbe la destrucción de «excedentes no vendidos de productos no perecederos tales como textiles, juguetes, aparatos eléctricos, entre otros, salvo que dichos productos deban destruirse conforme a otra normativa».

Tags: impuestoplásticoTransición Ecológica
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