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El proyecto de Ley de Residuos y Suelos Contaminados recoge limitaciones a los plásticos de un solo uso

18/05/2021
en Industria auxiliar
Vasos de plástico

El Consejo de Ministros, a propuesta del Ministerio para la Transición Ecológica y el Reto Demográfico (Miteco), ha remitido este martes a las Cortes el proyecto de Ley de Residuos y Suelos Contaminados. El texto, que ahora se somete a debate de los grupos parlamentarios, revisa la actual normativa de 2011 para cumplir con las nuevas orientaciones y los nuevos objetivos de residuos establecidos en las directivas de la Unión Europea que conforman el Paquete de Economía Circular, así como con los derivados de la directiva de plásticos de un solo uso.

“Esta ley es la clave de bóveda de todo el paquete normativo en materia de economía circular y una de las reformas estructurales más relevantes incluidas en la componente 12 del Plan de Recuperación, Transformación y Resiliencia que España ha presentado a la Comisión Europea”, ha manifestado la vicepresidenta y ministra para la Transición Ecológica y el Reto Demográfico, Teresa Ribera.

En línea con la Estrategia Española de Economía Circular (España Circular 2030), la propuesta normativa persigue establecer medidas que protejan el medio ambiente y la salud humana en lo que a residuos se refiere, permitan hacer un uso eficiente de los recursos reduciendo el impacto global de su uso e impulsen una economía circular y baja en carbono en España, que aspira a ser un país neutro en emisiones en 2050.

Para contribuir a este fin, el proyecto de Ley traspone los objetivos contemplados tanto en la directiva de residuos de 2018 como en la de plásticos de un solo uso y recoge, por primera vez en la legislación española, limitaciones a estos productos, restringiendo la introducción en el mercado de alguno de ellos y estableciendo un impuesto sobre los envases de plástico no reutilizables para avanzar en la prevención de sus residuos.

Entre los productos de plástico de un solo uso sujetos a reducción están los vasos para bebidas, incluidos sus tapas y tapones, y los recipientes alimentarios destinados al consumo inmediato, cuya comercialización ha de reducirse un 50% en 2026 con respecto a 2022 y un 70% para 2030 con respecto al mismo año.

Para cumplir con estos objetivos, todos los agentes implicados en la comercialización fomentarán el uso de alternativas reutilizables o de otro material no plástico. En cualquier caso, a partir del 1 de enero de 2023, queda prohibida su distribución gratuita, debiéndose cobrar un precio por cada uno de los productos de plástico que se entregue al consumidor, diferenciándolo en el ticket de venta.

La ley también introduce medidas para otros artículos de plástico no compostable no incluidos en la normativa comunitaria (artículos monodosis, anillas de plástico y palitos de plástico de sujeción) para avanzar en su reducción y sustitución por productos de otros materiales.

Por otro lado, con la entrada en vigor de la norma, quedará prohibida la introducción en el mercado de otra serie de productos de plástico como pajitas, bastoncillos, cubiertos, platos, cualquier producto hecho con plástico oxodegradable así como las microesferas de plástico de menos de cinco milimetros.

Asimismo, el proyecto recoge requisitos de diseño (por ejemplo, tapas y tapones han de permanecer unidos al recipiente o las botellas PET han de contener un 25% de plástico reciclado a partir de 2025 y todas las botellas de bebidas, incluidas las de PET, un 30% en 2030). Además, para las botellas de plástico, el texto establece objetivos de recogida separada en dos horizontes temporales: en 2025 se deben recoger separadamente el 77% en peso respecto al introducido en el mercado, aumentando al 90% en 2029.

Se establecen también obligaciones de marcado para una serie de productos como las toallitas o los productos de higiene femenina el desarrollo de la responsabilidad ampliada del productor, así como medidas de concienciación para informar a los consumidores del impacto negativo en el medio ambiente derivados de su abandono y de la correcta gestión de los mismos.

Prevención en la generación de residuos

La norma otorga un papel protagonista a la prevención de residuos, mediante la inclusión de objetivos concretos y cuantificables, con una reducción del peso de los residuos producidos de un 13% en 2025 y un 15% en 2025 respecto a los generados en 2010, que se añaden al objetivo actualmente vigente del 10% de reducción a partir de 2020.

Además, el texto contempla actuaciones contra el despilfarro de alimentos, con el fin de reducir el 50% de los alimentos desechados per cápita a nivel de hogar, distribución minorista y consumo en el sector horeca (hoteles, restaurantes y cafeterías), y rebajar un 20% las pérdidas de alimentos a lo largo de las cadenas de producción y suministro, en línea con los objetivos de Desarrollo Sostenible de Naciones Unidas para 2030.

También en el ámbito de la prevención, con la entrada en vigor de la ley quedará prohibida la destrucción de excedentes no vendidos de productos no perecederos, tales como textiles, juguetes y aparatos eléctricos, entre otros, salvo que dichos productos deban destruirse conforme a otra normativa debiendo destinarse preferentemente a reutilización, así como la liberación intencionada de globos.

Nuevas recogidas separadas

Entre las principales novedades, cabe destacar el establecimiento de un calendario de implantación de nuevas recogidas separadas de residuos para su valorización, además de la ya existente para el papel, los metales, el plástico y el vidrio.

Se amplía así la recogida separada a los biorresiduos domésticos, a partir de 2022 para entidades locales con más de 5.000 habitantes, y a partir de 2024 para el resto de municipios; a los residuos textiles, aceites de cocina usados, residuos domésticos peligrosos y residuos voluminosos a partir de 2025. Los residuos de construcción y demolición deberán clasificarse por materiales, preferentemente en el origen a partir de 2022 y la demolición deberá ser selectiva a partir de 2024.

Asimismo, fija objetivos más ambiciosos de preparación para la reutilización y reciclado de residuos municipales: un incremento del 5% cada cinco años hasta alcanzar el 65% en 2035, estableciendo porcentajes específicos de preparación para la reutilización, dentro de cada uno de esos objetivos siendo del 15% en 2035. Además, con el objetivo de reducir el consumo de envases, en los establecimientos del sector de la hostelería y restauración se tendrá que ofrecer siempre a los consumidores, clientes o usuarios de sus servicios, la posibilidad de consumo de agua no envasada de manera gratuita y complementaria a la oferta del mismo establecimiento.

Por su parte, las administraciones públicas deberán adoptar las medidas necesarias para reducir el consumo de agua embotellada en sus dependencias y en otros espacios públicos, entre otras, mediante el fomento de fuentes de agua potable en condiciones que garanticen la higiene y la seguridad alimentaria, suministrando agua en envases reutilizables, sin perjuicio de que en los centros sanitarios se permita la comercialización en envases de un solo uso.

“La pandemia ha demostrado que la economía circular, esto es ser capaces de diseñar, innovar, reutilizar y reparar, recuperar y reciclar, para volver a poner los recursos en el circuito económico y en la cadena de valor es un seguro, una salvaguarda frente a crisis globales como ésta y, previsiblemente otras que, tarde o temprano, llegarán”, ha explicado Teresa Ribera. En palabras de la vicepresidenta, “la Ley de Residuos y Suelos Contaminados nace para romper esa dinámica inviable de nuestro modo lineal de producción y consumo en la que llevamos demasiado tiempo instalados”.

Tags: Consejo de Ministroseconomía circularLey de ResiduosplásticoSuelo
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