Ante el decaimiento del estado de alarma y las mejoras sanitarias acaecidas en la región, el Gobierno de Madrid ha decidido tomar medidas para seguir reactivando la actividad de una industria especialmente golpeada por la crisis. Así, se ha aprobado que los establecimientos comerciales minoristas puedan desarrollar su actividad sin límite de aforo.
Los comercios, no obstante, tienen que garantizar el cumplimiento de la debida distancia de seguridad interpersonal de, al menos, 1,5 metros entre los usuarios y el uso de mascarilla cuando sea obligatorio.
Además, los establecimientos situados en centros y parques comerciales tendrán el horario legalmente autorizado. Tanto los centros o parques comerciales, como cada uno de los establecimientos comerciales situados en ellos, podrán desarrollar su actividad sin límite de aforo respecto al legalmente autorizado siempre que, en todo momento, se garantice el cumplimiento de la debida distancia de seguridad interpersonal de, al menos, 1,5 metros entre los usuarios y el uso de mascarilla cuando sea obligatorio.
Por otra parte, los mercados que desarrollan su actividad en la vía pública al aire libre o de venta no sedentaria, comúnmente denominados mercadillos, podrán desarrollar su actividad sin límite de aforo respecto al legalmente autorizado siempre que se adopten las medidas oportunas para evitar aglomeraciones y se garantice el mantenimiento de la debida distancia de seguridad interpersonal de, al menos, 1,5 metros, así como el uso de mascarilla cuando sea obligatorio. Los establecimientos situados en estos espacios tendrán el horario legalmente autorizado por los órganos competentes”.