La AESAN y los Ministerios de Agricultura y de Consumo aclaran que la mención “sin gluten” solo podrá señalarse en la lista de ingredientes de aquellos alimentos que pudieran contenerlo de forma natural y se haya procedido a eliminarlo.
Así, los alimentos que hayan eliminado este componente tendrán que destacarlo en sus etiquetas, igual que se hace con otros ingredientes o compuestos que puedan producir alergias o intolerancias a personas sensibles ya que es un término informativo y útil para los consumidores.
Así, se acaba con el abuso sistemático que determinadas marcas hacían de la mención “sin gluten” en productos que no tendrían por qué llevarlo, como las verduras al natural o lo mejillones en conserva, por ejemplo.
Esto puede inducir a error al consumidor, al hacerle pensar que los demás productos similares que no incluyen esta etiqueta sí podrían llevar gluten. Además, se puede incurrir en una práctica de competencia desleal, haciendo creer a los consumidores que el producto tiene una ventaja respecto a los demás que no es real.
Así, la OCU señala que hace un año descubrió que en seis años se había multiplicado por 13 los alimentos con la etiqueta “sin gluten” en los supermercados. Esta tendencia “más que ayudar a los celíacos, trataba de atraer a consumidores persuadidos de que el gluten era malo para la salud. Un presunto daño avalado por informaciones sin evidencia científica que señalaban a esta proteína (habitual en el trigo, la cebada, el centeno y, en menor medida, la avena) como causa de malestar digestivo o un obstáculo para perder peso”, aseguran desde la OCU.
La organización de consumidores explica que, salvo para los celíacos, no hay ningún beneficio para la salud de seguir una dieta sin gluten. Es más, una dieta de este tipo podría ser deficitaria de fibra, entre otros nutrientes. Por eso, ante la duda sobre la intolerancia al gluten, lo ideal es visitar al médico: los problemas gastrointestinales pueden responder a muy diversas causas.