El Juzgado de lo Mercantil Número 1 de Bilbao ha afirmado que no existe ninguna causa para condenar a la cadena de distribución Eroski en la demanda colectiva por la publicidad realizada en relación a las Aportaciones Financieras Subordinadas (AFS). Por tanto, la enseña queda absuelta de cualquier responsabilidad.
Rosa Carabel, directora económico–financiera del grupo, valora de forma “muy positiva” la sentencia de absolución de Eroski. “La emisión de las AFS ha sido correcta, de acuerdo siempre a la normativa vigente y siguiendo las indicaciones de la Comisión Nacional del Mercado de Valores (CNMV) que actúa como organismo regulador y supervisor”, ha declarado Carabel.
“Esta sentencia absolutoria ratifica que Eroski ha hecho todo lo exigible, conveniente y necesario para que el inversor tuviese toda la información a la hora de adquirir nuestros títulos. Es patente que Eroski, en su papel de emisor, desarrolló una documentación completa y adecuada para la correcta información al inversor durante el proceso de comercialización”, continúa la directora económica.
Además, Eroski recuerda que no ha participado en ningún momento en el proceso de comercialización de las AFS dado que, por la ley del mercado de valores, no puede ejercer este papel de comercializador que queda reservado exclusivamente a las entidades financieras.