Desde hoy, los fabricantes de alimentos ya no podrán utilizar en la Unión Europea declaraciones de propiedades saludables no demostradas científicamente. La Comisión Europea publica la lista de alegaciones permitidas y prohibidas en los alimentos.
La OCU se felicita de este importante paso adelante en la protección de los consumidores contra esta práctica comercial desleal porque por fin van a desaparecer de los lineales todos esos reclamos que no tienen ninguna base científica. Ahora la pelota está en el tejado de la AESAN (Agencia Española de Seguridad Alimentaria y Nutrición), que es quien debe controlar que la norma se cumpla.
La norma permite utilizar este tipo de declaraciones probadas aun cuando se hagan respecto a alimentos con alto contenido en grasa, azúcar o sal, enmascarando así un perfil nutricional desequilibrado. Es decir, no porque se añadan vitaminas o minerales con propiedades nutricionales demostradas a un alimento demasiado rico en grasa o azúcar, éste se va a convertir en un producto saludable.
La OCU urge las autoridades comunitarias para que se definan urgentemente los perfiles nutricionales de los alimentos.