El Consejo de la Comisión Nacional de la Competencia ha sancionado al Grupo Colomer con una multa de 170.300 euros por su participación en el cártel de los geles.
Con fecha 21 de enero de 2010, el Consejo de la Comisión Nacional de la Competencia (CNC) resolvió declarar que una serie de empresas habían infringido el artículo 1 de la Ley 16/1989 de la Ley de Defensa de la Competencia (LDC), al haber participado en la creación de un cártel con el objeto de llevar a cabo una nueva política comercial común, basada en reducir el tamaño de sus envases manteniendo constante los precios de los mismos.
En su Resolución, el Consejo de la CNC impuso a estas empresas las correspondientes sanciones.
En la misma Resolución, el Consejo de la CNC instó a la Dirección de Investigación de la CNC la incoación de expediente sancionador contra The Colomer Group Spain, S.L. (Colomer), por la existencia de indicios de infracción del artículo 1 de la LDC.
De conformidad con lo establecido en el apartado 1 del artículo 49 de la LDC, el 10 de febrero de 2010 la Dirección de Investigación acordó incoar expediente sancionador contra Colomer por la existencia de indicios de infracción del artículo 1 de la LDC respecto de la participación de dicha empresa en un cártel y el alcance del intercambio de información originado en éste.
En su Resolución de 29 de junio de 2011 el Consejo de la CNC considera acreditado que Colomer participó en la reunión inicial del cártel de los geles en diciembre de 2005 y no se distanció del mismo hasta, al menos, febrero de 2006 y, por ello, el Consejo de la CNC impone a Colomer una multa de 170.300 euros.