El Consejo de Ministros del pasado viernes aprobó un Real Decreto que modifica parcialmente la actual Reglamentación Técnico-Sanitaria de zumos de frutas y otros productos similares, destinados a la alimentación humana.
El objetivo de este Real Decreto es incorporar al ordenamiento jurídico español lo establecido en dos Directivas comunitarias sobre esta materia, aprobadas en 2009 y 2010, como consecuencia de la evolución de las normas internacionales pertinentes en relación con los zumos y néctares de frutas.
De esta forma, el nuevo Real Decreto sustituye los términos «elaborado a base de concentrados» y «elaborado parcialmente a base de concentrados» por los términos «a partir de concentrados» y «parcialmente a partir de concentrados».
Asimismo, se añade a la Reglamentación Técnico-Sanitaria un apartado relativo a los niveles mínimos de grados Brix, que miden el coeficiente total de sacarosa disuelta en un líquido, para los zumos de frutas elaborados a base de concentrados.