La Audiencia Provincial de Barcelona ha condenado a la empresa Patatas Naturales a cesar la comercialización de su producto Pat Diet “porque no se ajusta a la normativa para los productos de bajo valor energético contenido en sus etiquetas y por publicidad falsa por rebasar las 60 kilocalorías por cada 100 gramos”.
La sentencia considera que tanto el nombre comercial, Pat Diet, como el hecho de que en el etiquetado aparezca una patata con una báscula en su interior y que en el catálogo comercial se aluda “expresamente a que son patatas bajas en calorías” y aparezca una patata rodeada con un centímetro, permiten concluir “que lo que está publicitando es un producto de bajo valor energético o de valor energético reducido”, según informa CEACCU que ha sido la que ha interpuesto la demanda.
“Teniendo en cuenta estas circunstancias no es necesario un exhaustivo razonamiento para concluir que lo que se está publicitando es un producto de bajo valor energético o de valor energético reducido” para los que el reciente Reglamento 1924/2006 sobre declaraciones nutricionales y de salud impone las siguientes condiciones: un máximo de 40 kilocalorías para los productos de bajo valor energético; y una reducción del 30% de su valor calórico (lo que, en el caso de las patatas, lo situaría en 52,5 kilocalorías., de las 72,67 kilocalorías que el juez toma como media)
Por todo ello, se concluye que “las patatas comercializadas por Patatas Naturales como bajas en calorías, no reúnen las características, condiciones y requisitos de estos productos para se puedan comercializar con esta denominación, según la legislación vigente en la Comunidad Europea (Reglamento 1924/2006), y además rebasan las 60 kilocalorías por cada 100 gramos que declara el etiquetado”.