El Grupo Leche Pascual ha sido obligado, por orden del Juzgado Mercantil de Burgos, a retirar sus “Zumos Pascual” del lineal de frío de todos los establecimientos, al haber sido comercializados como zumos exprimidos refrigerados sin serlo, lo que la justicia ha calificado de “conducta desleal”.
La sentencia tiene su origen en una demanda interpuesta por J. García Carrión contra Grupo Leche Pascual que fue admitida por la Audiencia Provincial de Burgos. “Al comercializar sus “Zumos Pascual” como exprimidos refrigerados sin serlo, al no haber estado sometidos a la cadena de frío durante todas las fases de su proceso… y además ofertándolos en el mercado a coste de zumo refrigerado, sin haber realizado inversiones que justifiquen el incremento de precio respecto de los zumos exprimidos ambiente”, justifica la sentencia..
Posteriormente J. García Carrión pidió la ejecución de sentencia ante el mismo Juzgado. éste estableció el cese de la comercialización como refrigerado de los zumos Pascual en el líneal de frío de los establecimientos, así como en la inclusión en su etiquetado de la recomendación de conservación del producto entre 0º y 6º (…) en un plazo de tres meses.
Aunque la sentencia ha sido recurrida, el Juzgado Mercantil de Burgos desestimó el recurso y mandó seguir adelante con la ejecución de los términos acordados.