El debate sobre la eliminación de 26 de las 36 normas de calidad comercial aprobada por la Comisión Europea y que entró en vigor en julio de 2009 sigue abierto, después de que un estudio, encargado por la propia Comisión, concluya que las normas son útiles y que los argumentos empleados por la Comisión para justificar su eliminación no se han cumplido.
El estudio, financiado por la Comisión Europea y realizado por AND Internacional, especifica que los argumentos a favor de la derogación de las normas no se han cumplido. Sobre los argumentos a favor, muchos de ellos esgrimidos por la Comisión en múltiples declaraciones e informes, el estudio concluye lo siguiente:
– Diversificación de la oferta. «La derogación de las normas no ha supuesto una diversificación de la oferta de los productos comercializados».
– Disminución de los destrios: «la tasa de destrios no ha evolucionado significativamente»
– Disminución del precio al consumidor por reducción de los destrios. «No ha habido impacto de la derogación sobre el precio pagado por los consumidores»
– Ahorro en los controles exigidos por las normas de comercialización abolidas. «Los costes ligados a los controles parecen estables para los operadores»
– Simplificación reglamentaria. «La simplificación es sólo parcial» «La situación se ha hecho más compleja para los productores», ya que, explica el informe, existen tres tipos de frutas y hortalizas: las que siguen la norma general establecida por la Comisión tras la derogación de las normas específicas, las frutas y hortalizas para las que existe otra norma específica desarrollada por otros organismos internacionales, principalmente la CEE_ONU, y que por tanto se pueden acogerse a ella y los productos que tienen norma específica en el marco comunitario.
El estudio apunta, además, que las normas de comercialización son útiles. Especifica que «las normas específicas de comercialización derogadas proponían un marco común que se adaptaba a las exigencias de la distribución». «El empleo de un lenguaje común es útil» como lo demuestra el hecho de que los operadores siguen empleando normas específicas desarrolladas por otros organismos internacionales como la CEE-ONU.