Dos nuevas regulaciones europeas simplificarán el proceso de identificación de los vinos como indicaciones geográficas (IG). De este modo, los procedimientos para el registro y la modificación de las indicaciones geográficas se racionalizarán y alinearán con otros sectores alimentarios, mientras que las responsabilidades relativas a los cambios en las especificaciones del producto se aclararán a nivel nacional o de la UE.
En concreto, el registro de un vino de calidad se facilitará gracias a la simplificación de la descripción del enlace geográfico requerido en la aplicación. Anteriormente, los solicitantes tenían que establecer detalles sobre el área geográfica, sobre las características del producto atribuibles al entorno geográfico y sobre la interacción causal entre los dos. Con las nuevas reglas, los solicitantes solo necesitarán describir el vínculo causal entre el área geográfica y las características.
Asimismo, la responsabilidad del examen de la aplicación se ha simplificado para evitar que se realice el mismo trabajo a nivel nacional y a nivel de la UE. Por ejemplo, el estado miembro primero examinará la aplicación, mientras que la Comisión solo se enfocará en elementos relacionados con asuntos transfronterizos. Mientras que antes podría tomar algunos años hacer todo esto, se introducirá un plazo de seis meses como parte de las nuevas reglas, acortando significativamente el proceso.
Los procedimientos de objeción y cancelación también se simplificarán y se alinearán con lo que existe actualmente para el sector alimentario.
En cuanto a las enmiendas, cambios en un vino con IG por cualquier razón, ahora se clasifican de dos maneras.
Las "enmiendas de la Unión" cubren cambios importantes en una IG, como su nombre, su categorización, su vínculo con el área geográfica o cualquier cosa que restrinja la comercialización del producto. Esos son adoptados a nivel de la UE. Las “enmiendas estándar” cubren todo lo demás y serán adoptadas a nivel nacional. Esto brinda una definición más clara de las diferentes modificaciones y reduce el tiempo dedicado al tratamiento de las aplicaciones. Ninguna tal distinción existió previamente.
Las nuevas reglas también incluyen la posibilidad de otorgar modificaciones temporales a las especificaciones del producto. Esto se puede usar en caso de medidas sanitarias y fitosanitarias obligatorias, desastres naturales o condiciones climáticas adversas formalmente reconocidas como que impiden que ciertos pasos de producción tengan lugar en la zona geográfica.
Los períodos de transición también se incluyen en las nuevas reglas. Por un lado, pueden permitir temporalmente el uso de una designación protegida que pueda contravenir las reglas, dando a los productores más tiempo para reconvertir la producción o el nombre del producto. Por otro lado, se pueden establecer períodos de transición antes del registro de un vino protegido, lo que permite a los Estados miembros prever los efectos de la protección del nombre a nivel nacional.
Las nuevas normas se ajustan al movimiento actual hacia la modernización y la simplificación de la política agrícola común (PAC), que se destaca en las nuevas propuestas legislativas.