El Consejo Europeo ha aprobado el reglamento que prohíbe el bloqueo geográfico injustificado en las compras que se realizan por internet. La nueva ley eliminará las barreras al comercio electrónico al evitar la discriminación basada en la nacionalidad de los clientes, el lugar de residencia o el lugar de establecimiento.
"El fin del bloqueo geográfico significa una mayor elección y, en consecuencia, mejores ofertas para los consumidores y más oportunidades para las empresas. La presidencia búlgara concede una gran importancia a la economía digital. Quiero felicitar a las anteriores presidencias, el Parlamento y la Comisión por el éxito colectivo en llevar adelante el mercado único digital europeo ", ha destacado Lilyana Pavlova, ministra de la Presidencia búlgara del Consejo de la UE.
El geobloqueo es una práctica discriminatoria que impide que los clientes en línea accedan y compren productos o servicios desde un sitio web ubicado en otro estado miembro. Así, las nuevas normas evitarán la discriminación de los consumidores y las empresas sobre el acceso a los precios, las ventas o las condiciones de pago al comprar productos y servicios en otro país de la UE.
Los consumidores tendrán igual acceso a bienes y servicios y no podrán verse discriminados respecto a las condiciones y términos generales, incluido el precio, cuando la empresa venda productos en un Estado miembro en el que ofrece servicio de entrega o un punto de recogida acordado con el cliente, pero también cuando ofrece servicios suministrados vía electrónica como los servicios en la nube o servicios que recibe el cliente en un país donde opera, incluido el alojamiento hotelero, eventos deportivos, alquiler de coches o la compra de entradas para festivales de música o parques temáticos.
A diferencia de la discriminación de precios, la diferenciación de precios no estará prohibida, por lo que los operadores pueden ofrecer diferentes condiciones generales, incluidos precios, y dirigirse a ciertos grupos de clientes en territorios específicos. Además, los comerciantes no estarán obligados a entregar productos a clientes fuera del estado miembro al que ofrecen la entrega.
Condiciones de pago
Respecto al pago, se prohíbe la discriminación injustificada de los clientes en relación con los métodos de pago. Por lo tanto, los comerciantes no podrán aplicar diferentes condiciones de pago a los clientes por razones de nacionalidad, lugar de residencia o lugar de establecimiento.
Asimismo, los comerciantes no podrán bloquear o limitar el acceso de los clientes a su interfaz en línea por razones de nacionalidad o lugar de residencia. Y se deberá proporcionar una explicación clara si un operador bloquea o limita el acceso o redirecciona a los clientes a una versión diferente de la interfaz en línea.
Como regla general, la nueva regulación prevalecerá en caso de conflicto con la ley de competencia. Pero el derecho de los proveedores a imponer restricciones de venta activas no se verá afectado. La ley de competencia de la UE distingue entre ventas pasivas (cuando las ventas se realizan en respuesta a pedidos no solicitados) y ventas activas (cuando los minoristas se dirigen activamente a los clientes). Las restricciones pasivas a las ventas generalmente se consideran una infracción de la ley de competencia, mientras que las restricciones activas a las ventas son una práctica común que se deriva de la libertad comercial.
Los servicios cuya característica principal es la provisión de acceso y uso de contenido protegido por derechos de autor, o la venta de obras protegidas por derechos de autor en forma intangible, como servicios de transmisión de música, libros electrónicos, juegos en línea y software, están excluidos del alcance de la regulación. Pero esto estará sujeto a una revisión por parte de la Comisión.
También se excluyen otros servicios, como los servicios financieros, audiovisuales, de transporte, sanitarios y sociales, de conformidad con la directiva de servicios.
El reglamento, que se publicará en el diario oficial de la UE antes de finales de marzo de 2018, entrará en vigencia nueve meses después de su publicación.