Hoy se han hecho públicos los cambios introducidos por Facebook, Twitter y Google+ para ajustar sus condiciones de servicio a las normas de protección de los consumidores de la UE, quien ha solicitado a las empresas de medios sociales que hagan todo lo necesario para cumplir la normativa europea en materia de consumo.
Los cambios realizados beneficiarán de inmediato a los más de 250.000 consumidores de la UE que utilizan los medios sociales. De este modo, los consumidores de la UE no se verán obligados a renunciar a derechos inalienables tales como el de cancelar una compra en línea.
Asimismo, podrán presentar sus reclamaciones en Europa, en lugar de tener que hacerlo en California y las plataformas asumirán su parte equitativa de responsabilidades hacia los consumidores de la UE, de forma similar a los prestatarios de servicios fuera de línea. Sin embargo, los cambios solo cumplen en parte los requisitos establecidos en la legislación de la UE sobre consumidores.
Vera Jourová, comisaria de Justicia, Consumidores e Igualdad de Género de la UE, ha declarado que “puesto que las redes sociales sirven de plataformas comerciales y publicitarias, deben respetar plenamente las normas de protección de los consumidores. Me complace comprobar que las medidas ejecutivas adoptadas por las autoridades nacionales en relación con las normas de la UE están dando fruto, ya que algunas empresas están haciendo más seguras sus plataformas para los consumidores”.
“Sin embargo, es inaceptable que queden aspectos pendientes y se esté tardando tanto. Esto confirma que es necesario un ‘nuevo marco para los consumidores'. Deben respetarse las normas de la UE en materia de consumo y, si las empresas no cumplen, deben ser sancionadas”, añade.
Mientras que las propuestas más recientes de Google parecen ajustarse a lo pedido por las autoridades de consumo, Facebook y, sobre todo, Twitter solo han resuelto en parte cuestiones tales como su responsabilidad y la manera en que informan a los usuarios acerca de la posible retirada de contenidos o la resolución de su contrato.
En lo que respecta al “procedimiento de notificación y acción” utilizado por las autoridades de protección de los consumidores para notificar y solicitar la supresión de contenidos ilegales, los cambios introducidos por algunas empresas son insuficientes. Mientras que Google+ ha establecido un protocolo, con plazos, para tramitar las solicitudes, Facebook y Twitter solo han aceptado facilitar una dirección de correo electrónico específica que las autoridades nacionales pueden utilizar para notificar las infracciones, sin comprometerse a tramitar tales solicitudes en plazos concretos.
Las medidas ejecutivas se empezaron a aplicar en noviembre de 2016, a raíz de numerosas denuncias de consumidores que habían sufrido fraudes o estafas al usar esos sitios web, además de haber quedado sujetos a determinadas condiciones de servicio que no respetaban la legislación de la UE en materia de consumo.
Desde entonces, los operadores de redes sociales han acordado en concreto modificar lo siguiente: las condiciones de servicio que limitan o excluyen totalmente la responsabilidad de las redes sociales en relación con la prestación del servicio; las condiciones que exigen a los consumidores renunciar a los derechos inalienables de los consumidores de la UE, tales como el de cancelar una compra en línea; las condiciones que privan a los consumidores de su derecho a acudir a los órganos jurisdiccionales de su Estado miembro de residencia y disponen la aplicación del Derecho de California; la condición que exime a la plataforma de la obligación de señalar las comunicaciones comerciales y los contenidos patrocinados.
Las empresas se comprometieron a aplicar los cambios en sus condiciones de servicio en todas las versiones lingüísticas durante el primer trimestre de 2018.