El Parlamento Europeo ha aprobado una serie de normas que prohíben el bloqueo geográfico injustificado y permitirán a los consumidores elegir desde qué página desean realizar la compra, sin ser redirigidos a otra web o incluso bloqueados debido a su nacionalidad, lugar de residencia o localización.
De este modo, los consumidores europeos podrán acceder a una gama más amplia de productos y servicios en internet.
Entre los productos y servicios cubiertos por la normativa figuran las entradas a espectáculos y parques de ocio, las estancias hoteleras y el alquiler de vehículos, pero quedan por el momento excluidos todos aquellos protegidos por derechos de autor, como libros electrónicos, música o videojuegos. También han quedado fuera los servicios audiovisuales y el transporte.
Los vendedores deberán tratar igual a los clientes de otro país de la UE que a los clientes locales, es decir, ofrecerles el mismo precio así como idénticas condiciones de venta en los casos, por ejemplo, de adquisición de bienes cuando la entrega al cliente tenga lugar en un Estado miembro en el cual el comerciante ofrece la venta y distribución del producto en sus condiciones generales, o si ambas partes pactan un punto de recogida, cuando el comerciante ofrezca esa opción.
También para servicios proporcionados a través de internet y que no estén protegidos por derechos de autor, como servicios en la nube, cortafuegos, almacenamiento de datos, alojamiento de páginas web, o servicios facilitados en las instalaciones del proveedor o en una localización en la que éste opera, como estancias hoteleras, entradas para eventos deportivos, alquiler de vehículos, festivales de música o entradas a parques temáticos.
Asimismo, quedará prohibido ofrecer un trato diferente al comprador debido al lugar de emisión de su tarjeta de crédito o débito. Los métodos de pago aceptados, no obstante, seguirán siendo una decisión del vendedor, pero éste no podrá rechazar una marca específica de una nacionalidad determinada.
Los contenidos digitales protegidos por derechos de autor, como libros electrónicos, música o videojuegos, no están incluidos en la nueva normativa. No obstante, el equipo negociador del Parlamento introdujo una cláusula de revisión que obliga a la Comisión Europea a evaluar en el plazo de dos años si la prohibición del bloqueo geográfico debe extenderse también a estos contenidos. Los servicios audiovisuales y el transporte también han quedado por el momento excluidos de la ley.
Según ha destacado la europarlamentaria Róza Thun, responsable de la tramitación parlamentaria del texto, “esta legislación supone un paso clave hacia un mercado único digital más competitivo e integrado, tanto para los consumidores como los vendedores. También representa otro hito en la lucha contra la discriminación de consumidores basada en la nacionalidad o el lugar de residencia, que nunca debería producirse en nuestra Europa unida. Hemos demostrado que la UE puede ofrecer resultados a los ciudadanos de toda Europa, a través de cambios positivos que afectan al día a día”.
La nueva normativa entrará en vigor a los nueve meses de su publicación en el Diario Oficial de la Unión Europea.
Presentada como parte del mercado único digital, esta regulación está incluida en el paquete de comercio electrónico, junto a la legislación sobre servicios transfronterizos de entrega de paquetes, cuya votación en el pleno del PE está prevista en marzo de 2018, y la ley para reforzar los derechos de los consumidores, ya aprobada por el Parlamento en noviembre de 2017.