El Consejo de Ministros ha aprobado un acuerdo por el que se solicita del presidente del Gobierno la interposición de un recurso de inconstitucionalidad contra algunos artículos de la Ley catalana de Comercio, Servicios y Ferias, aprobada por el Parlamento de Cataluña el 1 de agosto de 2017.
Los artículos impugnados vulneran el orden constitucional, tanto en los aspectos relacionados con los horarios comerciales y la ordenación del comercio interior, como en lo relativo al régimen lingüístico de la actividad comercial y de servicios.
En materia de comercio interior, la Ley catalana resulta controvertida al vulnerar la Ley de Horarios Comerciales y, por otro lado, por incumplir la Ley de Ordenación del Comercio Minorista en materia de promociones comerciales.
Sobre el régimen lingüístico, la Ley se impugna por la regulación del régimen lingüístico que regulan el ejercicio de la actividad comercial y la prestación de servicios y las infracciones leves, respectivamente.
De acuerdo con la doctrina del Tribunal Constitucional, no se puede imponer la obligación de uso de cualquiera de las lenguas oficiales de modo general, inmediato y directo en las relaciones privadas, ni establecer régimen sancionador alguno frente a un eventual incumplimiento de unas obligaciones individuales que nunca podrán ser tales. Por ello, el Gobierno estima que los artículos impugnados vulneran la jurisprudencia constitucional y son contrarios al orden constitucional.