El Consejo de Ministros celebrado el pasado viernes aprobó un Real Decreto por el que se regula el apoyo financiero a la modernización y mejora del comercio interior, que movilizará recursos adicionales a los ya asignados a través del Plan de Mejora de la Productividad y Competitividad en el Comercio 2009-2012.
Dicha medida tiene por objeto apoyar financieramente la modernización y mejora del comercio interior para favorecer su competitividad, y su dotación es de quince millones de euros para 2009 y la misma cantidad para 2010.
Dada la complicada coyuntura económica actual y con el fin de favorecer la situación competitiva del pequeño comercio minorista, la Ley de Presupuestos Generales de Estado para el año 2009 creó el Fondo Financiero del Estado de Ayuda al Comercio Interior, adscrito a la Secretaría de Estado de Comercio y con una dotación de quince millones de euros, que continuará vigente durante el ejercicio 2010, con idéntica dotación presupuestaria.
El Real Decreto que se acaba de aprobar establece de manera detallada, los objetivos, destinatarios y procedimientos a seguir en la gestión y seguimiento del Fondo.
Los proyectos financiables serán aquellos que, con un valor mínimo de 150.000 euros, respondan a algunos de los siguientes fines:
1. Consolidación de los centros comerciales abiertos y mejora de las infraestructuras que inciden favorablemente en el comercio urbano de proximidad.
2. Remodelación de los mercados municipales minoristas que no implique modificación de la actividad original
3. Creación y/o acondicionamiento de locales municipales de usos múltiples de las zonas rurales para la actividad comercial.
4. Acondicionamiento de espacios para la venta no sedentaria.
Los potenciales beneficiarios son las entidades locales, las entidades de derecho público y/o empresas públicas dependientes de aquellas, las asociaciones de pequeñas y medianas empresas comerciales, las Cámaras Oficiales de Comercio y las pequeñas y medianas empresas.
Por lo que se refiere a las modalidades de financiación, consistirán en préstamos sobre un máximo del 80 por 100 del valor del proyecto, con una cuantía límite del valor del proyecto de 800.000 euros y un tipo de interés que será fijado anualmente por el Ministerio de Industria, Turismo y Comercio sobre la base del tipo de referencia ICO.
Dada la distribución de competencias en materia de comercio interior entre el Estado y las Comunidades Autónomas, el Real Decreto prevé que corresponderá a cada una de ellas dictar la resolución definitiva que autorice o deniegue la concesión de los préstamos, de acuerdo con lo adoptado por la Conferencia Sectorial.