El Ministerio de Sanidad y Política Social ha remitido a las organizaciones sectoriales implicadas el Anteproyecto de Ley de Seguridad Alimentaria y Nutrición, que unifica en una sola norma toda la legislación de alimentos y nutrición con el objetivo de reforzar la seguridad de los ciudadanos en materia alimentaria.
En la Exposición de Motivos se reconoce que existe una gran demanda social en cuanto a la seguridad de los alimentos que se consumen y en la necesidad de abordar y regular la materia nutrición, relacionada con la salud asociada a una correcta alimentación. El Anteproyecto de Ley vendría a complementar y ordenar las regulaciones existentes a nivel nacional y que tienen incidencia en los aspectos referidos a seguridad alimentaria y nutrición.
La nueva Ley aborda de forma integral la seguridad alimentaria, desde la producción primaria hasta el consumidor, para anticiparse a riesgos físicos, químicos y biológicos. Se especifica que el propósito de la ley es el establecimiento de normas en materia de seguridad alimentaría, como aspecto fundamental de la salud pública y para asegurar la protección de los consumidores.
En el capítulo I se establecen las medidas de prevención y seguridad de los alimentos y piensos. En el capítulo siguiente se establecen las garantías de seguridad en el comercio exterior de alimentos y piensos. En este sentido establece que los alimentos y piensos que se pretendan importar para su uso o comercialización en España deberán cumplir los requisitos aplicables de la legislación comunitaria o las condiciones que la UE haya acordado con el tercer país o reconozca como equivalente. En defecto de lo anterior, deberá cumplir los requisitos y condiciones establecidos en las normas nacionales o internacionales.
El capítulo III regula el control oficial y coordinación administrativa. Establece que las distintas administraciones públicas deberán realizar las inspecciones y controles necesarios para asegurar el cumplimiento de lo previsto en la ley. La administración general del Estado, las administraciones de las comunidades autónomas y las entidades locales tendrán que realizar convenios de colaboración para la creación de organismos de control e inspección.