El Tribunal de Justicia de la Unión Europea ha determinado que los productos puramente vegetales, como la leche de soja o la mantequilla de tofu, no pueden comercializarse bajo la denominación de “leche” o “mantequilla”, ya que estos términos están reservados a los productos de origen animal.
De este modo resuelve la disputa entre la empresa alemana Tofutown, especializada en productos vegetales sustitutivos de lácteos, y la asociación del mismo país Verband Sozialer Wettbewerb, que lucha contra la competencia desleal, y denunció a la primera por considerar que su publicidad infringía la normativa de la Unión sobre las denominaciones de la leche y los productos lácteos.
En su sentencia, el Tribunal indica que la legislación comunitaria reserva la denominación “leche” a aquella de origen animal, de la misma forma que las expresiones “nata”, “chantilly”, “mantequilla”, “queso” y “yogur” se deben emplear solo en el caso de productos derivados de la leche.
La sentencia explica también que existen ciertas excepciones para productos que tradicionalmente emplean la palabra “crema” sin tener un origen animal, como sucede con el término francés “crème de riz” (harina de arroz) o cuando se refieren a ciertas bebidas alcohólicas y sopas. No obstante, la soja y el tofu no figuran en esta lista.
Por ello, el Tribunal de Justicia de la Unión Europea ha determinado que estas denominaciones “no pueden ser utilizadas legalmente para designar un producto puramente vegetal”.
A pesar de que Tofutown alegó que no empleaba las denominaciones de forma aislada, ya que no comercializaba “mantequilla”, sino “mantequilla de tofu”, el Tribunal asegura que el hecho de añadir menciones descriptivas o explicativas no impide “con certeza” el riesgo de que el consumidor se confunda.