Las empresas de la industria, distribución y la hostelería comenzarán a aplicar el próximo lunes 1 de mayo en Cataluña el nuevo impuesto autonómico con el que se grava a las bebidas azucaradas envasadas.
Dependiendo del valor del producto y del porcentaje de azúcar que contengan el impuesto puede suponer entre un 8% y un 50% del valor del producto, tal y como ha destacado la Asociación de Empresas de Fabricantes y Distribuidores (Aecoc).
Así, la nueva medida contempla dos subidas impositivas distintas: la menor de 0,08 euros por litro si el producto tiene entre cinco y ocho gramos de azúcar por cada 100 mililitros y una mayor (de hasta 0,12 euros por litro) en caso de que la cantidad de azúcar supere los ocho gramos por cada 100 mililitros.
Según marca la ley, “el contribuyente está obligado a repercutir el impuesto al consumidor final de la bebida”, lo que hace que las empresas ejerzan, en este caso, como meros recaudadores.
Los productos afectados por la ley que, según el Govern, se aplica por los efectos que estas bebidas tienen en la salud de la población, son todos los refrescos o sodas, bebidas de néctar de frutas, bebidas deportivas, bebidas de té y café, bebidas energéticas, leches endulzadas, bebidas alternativas de la leche, batidos y bebidas de leche con zumo de fruta, bebidas vegetales y aguas con sabores.