La Comisión Nacional de los Mercados y la Competencia (CNMC) ha ordenado devolver 145.000 euros a Alcampo al quedar anuladas las multas de 3,77 millones impuestas a la antigua SOS Cuétara y a ocho empresas de distribución por un presunto pacto de precios en el aceite.
En 2009, el Tribunal Supremo dio la razón a la antigua SOS al anular la multa de dos millones de euros impuesta por el Tribunal de Defensa de la Competencia en junio de 2007 por el presunto pacto de precios.
Las multas impuestas a las ocho empresas de distribución (Carrefour, Caprabo, Alcampo, Erosmer Ibérica, Mercadona, Diasa, El Arbol y El Corte Inglés) se han ido devolviendo progresivamente o declaradas nulas, quedando únicamente Alcampo. En su sentencia, el Supremo falló a favor de la firma en su recurso de casación contra la sentencia que dictó la Audiencia Nacional, anulando y dejando sin efecto la sanción, según informan distintos medios económicos.
Además de los dos millones de multa impuesta a SOS, el Tribunal de la Defensa de la Competencia impuso las siguientes sanciones a los grupos de distribución, que han sido ya devueltas o declaradas nulas: Carrefour (112.750 euros), Caprabo (214.000 euros), Alcampo (145.000 euros), Erosmer Ibérica (317.200 euros), Mercadona (413.800 euros), Diasa (338.250 euros), El Arbol (85.900 euros) y El Corte Inglés (147.200 euros).