El Consejo de Ministro ha aprobado un Real Decreto que desarrolla parcialmente la Ley de Medidas para mejorar el funcionamiento de la cadena alimentaria. Se completa así el desarrollo normativo de la Ley, a la que se dota de todos los elementos necesarios para corregir los desequilibrios en las relaciones comerciales de las empresas que operan en la cadena alimentaria.
El Real Decreto establece así disposiciones relativas a las buenas prácticas en la contratación alimentaria, al Observatorio de la Cadena Alimentaria, a los laboratorios agroalimentarios para el control oficial, dependientes del Ministerio, y a la modificación del Reglamento de la Ley que regula las organizaciones interprofesionales agroalimentarias.
Las disposiciones relativas a las buenas prácticas en la contratación alimentaria contemplan el desarrollo del Registro Estatal de Buenas Prácticas Alimentarias, en el que se podrán inscribir aquellas empresas que voluntariamente hayan decido adherirse al Código de Buenas Prácticas Mercantiles en la Contratación Alimentaria. Con ello se aumenta el marco de protección de la Ley sobre la cadena alimentaria.
Asimismo, se establece como elemento clave la posibilidad de acudir a un procedimiento de mediación, cuando no hubiera acuerdo en la fijación del precio en los contratos correspondientes a la primera venta de productos agrarios no transformados. Además, se incluyen como condiciones que una de las partes de dicho contrato sea una organización de productores, y que ambas partes intervinientes estén adheridos al Código de Buenas Prácticas Mercantiles en la Contratación Alimentaria.
Para mantener la vigencia de la Ley en el tiempo, se prevé un sistema de evaluación de sus resultados a través del Observatorio de la Cadena Alimentaria. El Real Decreto aprobado determina su funcionamiento y composición, incluyendo en su estructura a representantes de las organizaciones y asociaciones más representativas de la cadena alimentaria, desde el productor al consumidor final, y a la propia administración. De este modo, el Observatorio se constituye como un instrumento que permite identificar líneas de mejora y actualización.
Por otra parte, se establece la Red de Laboratorios Agroalimentarios de control de la calidad comercial en origen, como un instrumento de naturaleza científico-técnica que da apoyo a la Mesa de Coordinación de Laboratorios Agroalimentarios. Esto permite una gestión más eficaz del control analítico oficial, de la calidad comercial en origen de los productos agroalimentarios y medios de la producción agraria.
Por último, este Real Decreto modifica determinados aspectos de los procedimientos de reconocimiento, revocación y retirada del reconocimiento de las Organizaciones Interprofesionales Alimentarias, además de adecuar el procedimiento de extensión de normas al procedimiento de tramitación normativa previsto en la Ley 50/1997, de 27 de noviembre.
Aprobado el régimen de control para la actividad inspectora de la AICA
El Gobierno, además, ha aprobado un Real Decreto por el que se regula el régimen de controles a aplicar por la Agencia de Información y Control Alimentarios (AICA), previstos en la Ley de medidas para mejorar el funcionamiento de la cadena alimentaria. Para ello desarrolla también las previsiones de la Ley sobre la actividad inspectora reconocida a la Agencia, y determina los derechos de los inspeccionados.
Además, la nueva norma regula la planificación de las labores de control y las actuaciones inspectoras, así como la figura de los inspectores de AICA, sus derechos y deberes y el uso de las bases informáticas de la Agencia.
Si bien la Ley de la cadena alimentaria ya confería a los inspectores su autoridad y capacidad para realizar controles e instruir expedientes sancionadores por incumplimiento de la norma, este Real Decreto completa y precisa las actuaciones de control de AICA, y refuerza el núcleo central de su actividad como es la inspección.