El Consejo de Ministros ha aprobado un Real Decreto-ley (RDL) de medidas urgentes para el crecimiento, la competitividad y la eficiencia que incluye nuevas actuaciones urgentes para el impulso tanto del comercio interior como del comercio exterior propuestas por el Ministerio de Economía y Competitividad a través de la Secretaría de Estado de Comercio.
La norma incorpora la liberalización de horarios comerciales en grandes ciudades turísticas, la rebaja de las comisiones al comercio en los pagos con tarjeta y la simplificación de los procedimientos de autorización para la instalación y ampliación de establecimientos comerciales, en el ámbito del comercio interior.
En materia de comercio internacional establece el desarrollo reglamentario de cédulas y bonos de internacionalización y la flexibilización del Fondo para Operaciones de Inversión en el Exterior de la Pequeña y Mediana Empresa (FONPYME).
En el ámbito de la regulación de las zonas de gran afluencia turística (ZGAT), las comunidades tendrán que declarar en un plazo de seis meses ZGAT en los municipios de su respectivo ámbito territorial con una población superior a los 100.000 habitantes y una elevada ocupación hotelera (600.000 pernoctaciones en el año inmediato anterior y/o más de 400.000 pasajeros en cruceros turísticos). Con estos umbrales, 10 nuevas ciudades tendrán que declarar al menos una ZGAT: San Sebastián, Coruña, Salamanca (ya declarada), Santander, Oviedo, Gijón, Almería, Marbella (ya declarada), León y Jerez de la Frontera. Los ayuntamientos serán los responsables de delimitar las zonas y las comunidades, de declararlas.
El RDL disminuye por tanto los umbrales establecidos en la norma de 2012 (200.000 habitantes y 1.000.000 de pernoctaciones), que dio lugar a la declaración de 14 ciudades. Se busca así extender el régimen especial de libertad de horarios a un mayor número de zonas en municipios de singular atractivo turístico. A estas ciudades se han sumado con posterioridad declaraciones voluntarias de otros municipios, entre los que destacan como capitales de provincia ávila, Valladolid, Salamanca, Badajoz y Cáceres, además del municipio de Mérida y la ciudad autónoma de Ceuta.
En concreto, once comunidades autónomas aumentaron sus ventas en mayo de 2014 respecto al mismo mes de 2013. Los mayores incrementos se producen en las comunidades más turísticas: Islas Baleares (+3,7% en mayo) con valores positivos de las ventas desde abril de 2013 y Canarias (+4,9% en mayo) que presenta valores positivos de las ventas desde julio de 2013. El resto de comunidades con tasas de ventas positivas en mayo son Comunidad Valenciana (+2,4%), Cantabria (+2,9%), La Rioja (+4%), Murcia (+2%), Andalucía (+1%), Castilla-La Mancha (+2,3%), Navarra (+3,3%), País Vasco (+1,5%) y Cataluña (+0,6%).
Actualmente hay 681 ZGAT declaradas en un total de 526 municipios, en las que los comerciantes pueden decidir libremente su horario de apertura, ninguna de las cuales ha sido revocada.
Por otro lado, en el texto legal está incluida igualmente la limitación de las tasas de intercambio o comisiones aplicables por los sistemas de medios de pago establecidos en España en las transacciones de compra intra-sistema que se repercuten al comercio, medida que entrará en vigor el 1 de septiembre de este año.
España es pionera así en la adopción de la propuesta de reglamento de la Comisión Europea sobre las tasas de intercambio, cuyo objetivo es regular límites máximos de tasas para favorecer el mercado interior. El contexto económico actual, de paulatina recuperación económica, y la necesidad de dinamizar el consumo en todos los canales, incluidos los electrónicos, aconsejan garantizar la existencia de pagos electrónicos seguros, eficientes y competitivos.
Las tasas estarán limitadas al 0,3% para pagos con tarjeta de crédito y al 0,2% para pagos con tarjeta de débito. En los pagos a débito se incluye una limitación adicional, una comisión máxima de 7 céntimos de euro, para evitar supuestos en los que el nuevo escenario pudiera generar comisiones mayores a las actuales. Se establece un tratamiento singular para los pagos de pequeño importe, de hasta 20 euros, en los que las comisiones serán aún más bajas: 0,2% para crédito y 0,1% para débito.
Para garantizar el efectivo cumplimiento de las nuevas limitaciones, se prohíbe expresamente repercutir los gastos al ordenante para evitar cualquier compensación por parte de los bancos, ya sea en la cuota de emisión de las tarjetas o en otros servicios bancarios que pudieran verse incrementados indebidamente. Se garantiza la transparencia obligando a los medios de pago a proporcionar información relativa a las tasas de intercambio y descuento al Banco de España y se dará seguimiento adicional a la medida a través del Observatorio de Pagos con Tarjeta, órgano consultivo, asesor y de coordinación adscrito al Ministerio de Economía y Competitividad a través de la Secretaría de Estado de Comercio.
Se articula además un mecanismo de control, a través de tipos infractores administrativos específicos y de sanciones (multas proporcionales que multiplican la cuantía de los beneficios derivados de la infracción) de acuerdo con lo previsto en la Ley de Ordenación, Supervisión y Solvencia de Entidades de Crédito.
También, se modifica la Ley de Ordenación del Comercio Minorista para agilizar la implantación de nuevas superficies comerciales en España, que serán también de aplicación en los casos de traslado o ampliación de superficies. Se limitan los supuestos de exigibilidad de licencia, se establece un procedimiento integrado y se reduce a la mitad el plazo.