El jurado de Autocontrol falló a favor de Larsa en su reclamación contra la marca Clesa por supuesta infracción del artículo 14 sobre publicidad engañosa del Código de Conducta Publicitaria. Según esta resolución, fallada a favor de LARSA, la marca Clesa tendrá que rectificar o retirar su publicidad.
Efectivamente, el Jurado de Autocontrol considera engañosa la publicidad de Clesa situada en los puntos de venta de varios supermercados gallegos, en los que se podía leer “Los únicos yogures con certificación gallega 100%”.
Además, el Jurado añade que esta presentación comercial del producto es susceptible de distorsionar el comportamiento económico del consumidor, que puede decantarse por estos yogures a la hora de la elección, desconociendo que en realidad no poseen características distintas al resto de los yogures que existen en el mercado, pues hay otras marcas que tienen esa certificación gallega.
Larsa decidió emprender acciones legales tras el caso omiso de la compañía de yogures Clesa al requerimiento formal que se les presentó pidiéndoles la retirada de la publicidad. En este sentido, Larsa sí aportó una certificación emitida por el LIGAL que otorga una licencia de uso de la marca de garantía “Galega 100%” a dicha marca de yogures.