El Pleno del Congreso de los Diputados ha dado luz verde de manera definitiva a la Ley de Medidas para mejorar el funcionamiento de la cadena alimentaria, que busca mejorar el funcionamiento y la vertebración de la cadena alimentaria, de manera que aumente la eficacia y competitividad del sector agroalimentario español.
Al mismo tiempo, la ley reducirá el desequilibrio en las relaciones comerciales entre los diferentes operadores de la cadena de valor, en el marco de una competencia justa, lo que redundará en beneficio tanto del sector como de los consumidores.
La ley se basa en un modelo mixto de regulación y autorregulación de las relaciones comerciales entre los agentes de la cadena, desde la producción hasta la distribución de alimentos o productos alimenticios.
Así, regula los contratos alimentarios y las prácticas comerciales abusivas. En relación con el régimen de contratación, la principal novedad radica en la obligatoriedad de formalizar por escrito los contratos alimentarios que se suscriban entre los operadores de la cadena.
Con dichos contratos, que se formalizarán antes del inicio de las prestaciones, se persigue garantizar la seguridad jurídica y la equidad en las relaciones comerciales. En ellos se deberán incorporar los elementos esenciales de los mismos, como la identificación de las partes, objeto, precio, condiciones del pago, entrega de productos, derechos y obligaciones, duración, pactados libremente por las partes.
En cuanto a las prácticas comerciales abusivas, la Ley prohíbe las modificaciones de las condiciones contractuales, salvo que se realicen de mutuo acuerdo. Para ello, los contratos deberán contener las claúsulas en las que se prevea el procedimiento para su posible modificación.
Además, se prohíben todos los pagos adicionales más allá del precio pactado, salvo en dos supuestos específicos (riesgo razonable de referenciación de un nuevo producto o la financiación parcial de una promoción comercial). Estos supuestos deberán ser pactados e incluso expresamente incluidos en el correspondiente contrato.
En relación con la información comercial sensible, no se podrá exigir a un operador información sobre sus productos más allá de la que resulte justificada en el contexto de su relación comercial.
Sobre la gestión de marcas, la norma establece la obligación de los operadores de gestionar las marcas de productos alimentarios que ofrezcan al consumidor, evitando prácticas contrarias a la libre competencia o que constituyan actos de competencia desleal.
Por otra parte, la norma establece un control administrativo para velar por el cumplimiento de lo dispuesto en la ley. En este sentido, se crea la Agencia de Información y Control Alimentarios, a partir de la actual Agencia para el Aceite de Oliva. En general, la nueva agencia desempeñará funciones relativas al control del cumplimiento de la ley y de información y control de los mercados oleícolas, del sector lácteo y la de aquellos otros que se determinen reglamentariamente.
Valoración de FIAB y ACES
La Federación Española de Industrias de la Alimentación y Bebidas (FIAB) ha mostrado su satisfacción ante la aprobación de la Ley de medidas para la mejora del funcionamiento de la cadena alimentaria, ya que “recoge las principales aspiraciones de la industria de alimentación y bebidas en el ámbito de las relaciones comerciales, abarcando los instrumentos esenciales para equilibrar la cadena alimentaria, que permitirán establecer un nuevo ámbito de creación de valor, desterrando prácticas abusivas y anticompetitivas, haciendo más transparentes las relaciones comerciales y aportándoles la seguridad jurídica que necesitan”.
“Nos encontramos, pues, frente a un cambio estructural que habrá de beneficiar al conjunto de la economía alimentaria, incluido al consumidor”, apunta el director general de FIAB, Horacio González Alemán.
Por su parte, Aurelio del Pino, director general de la Asociación de Cadenas Españolas de Supermercados (ACES), asegura que “la postura de ACES durante el proceso de elaboración del proyecto y de tramitación de la ley ha sido siempre muy clara y transparente: había que haber explorado otro enfoque de la ley, en línea con lo que señaló en su informe la Comisión Nacional de la Competencia. No obstante, una vez cerrado el proceso disponemos de un marco definitivo que es al que tenemos que atenernos”.
“En el marco de la libre y leal competencia, las cadenas de supermercados cumplirán escrupulosamente los preceptos recogidos en la ley y exigirán igual cumplimiento al resto de operadores de la cadena”, asegura del Pino.