La Comisión Nacional de la Competencia ha multado con un total de cinco millones de euros al Club de Variedades Vegetales Protegidas (CVVP), a la empresa Carpa Dorada y a la sociedad Nador Cott por restringir, de forma injustificada, la comercialización de la variedad de mandarina Nadorcott.
Las conductas analizadas tienen origen en una denuncia presentada por la Asociación Valenciana de Agricultores (AVA-ASAJA). La CNC considera acreditada la existencia de conductas prohibidas por la legislación de competencia, consistentes en la articulación e implantación de un sistema de trazabilidad mediante la suscripción de licencias de explotación y acuerdos de adhesión con los comercializadores, y posteriormente la creación de una asociación intersectorial, con el objeto de restringir la libre comercialización de la mandarina de la variedad vegetal protegida Nadorcott.
Carpa Dorada es la sociedad licenciataria en exclusiva para la explotación en España y Portugal de la variedad vegetal de mandarino Nadorcott. El CVVP es una asociación sin ánimo de lucro constituida por agricultores y comercializadores, dedicada al desarrollo y promoción de la variedad vegetal Nadorcott así como de otras variedades vegetales protegidas.
El Consejo de la CNC considera que, como resultado de la implantación del sistema de identificación en 2004 y de los controles adicionales y complementarios a dicho sistema llevados a cabo por CVVP, se ha obligado a los productores y comercializadores de mandarina Nadorcott a aceptar determinadas restricciones en sus canales de distribución y a asumir una serie de obligaciones de suministrar información, soportar inspecciones y realizar inversiones que no son necesarias para garantizar los derechos protegidos por la normativa de obtenciones vegetales, pues afectan a la producción y comercialización de la fruta cosechada.
Por todo ello, el Consejo de la CNC ha resuelto imponer a Nadorcott Protection una multa de 83.147 euros. A Carpa Dorada, la multa es de 5.426 euros, mientras que al Club de Variedades Vegetales Protegidas la multa asciende a 4.974.027 euros. Además, la Resolución intima a estas tres entidades al cese de la conducta infractora eliminando las restricciones a la comercialización del fruto identificadas, así como a abstenerse de introducir restricciones equivalentes en el futuro.