El Consejo de Ministros ha aprobado un Acuerdo por el que se dispone la remisión a las Cortes Generales del Acuerdo entre el Reino de España y la Organización de las Naciones Unidas para la Alimentación y la Agricultura, relativo al establecimiento de la Oficina de esta Organización en España, Acuerdo cuya firma fue autorizada por el Consejo de Ministros del pasado 22 de marzo.
España es miembro de la Organización desde 1951 y en 2004 se firmó el Acuerdo Marco entre España y la FAO con el objetivo de impulsar las relaciones entre ambas, en el que se contempla la posibilidad de establecer oficinas de la Organización en España mediante los oportunos Acuerdos de Sede. Para proporcionar la adecuada cobertura jurídica a la Oficina surge la necesidad de negociar un Acuerdo de Sede, fundamentalmente en lo que se refiere a la aplicación de privilegios e inmunidades reconocidos en la Convención de 1947 sobre Privilegios e Inmunidades de los Organismos Especializados de Naciones Unidas.
El Acuerdo, aplicable a la sede principal en Madrid y a las delegaciones que pudieran establecerse a su amparo en otras localidades españolas se ocupa, fundamentalmente, de la inviolabilidad de la Oficina; la inmunidad de jurisdicción; la protección de las comunicaciones; el régimen fiscal y aduanero; la libertad de acceso y estancia; las inmunidades y facilidades concedidas a los funcionarios y exención de impuestos sobre sus sueldos, así como de contribuciones a la Seguridad Social; la regulación del empleo de sus familiares dependientes; el tratamiento de los expertos en misión; el estatuto del Representante de la FAO y la solución de controversias.