La Federación nacional de asociaciones detallistas de alimentación aseguran en un comunicado que “ven abusiva e injustificada la subida del recargo de equivalencia del IVA en un 30% para el general y del 40% para el reducido”.
El comercio de alimentación no solo tendrá que hacer frente a la subida del 3% del IVA en el tipo normal y del 2% en el reducido, si no que tendrá que hacer frente adicionalmente a una subida del 30% en el recargo de equivalencia en el general (que pasa al 5,2%) y un 40% en el reducido (que asciende al 1,4%).
Esto significa que cuando un comerciante persona física adquiera un producto a 10 euros en el tipo general su coste real de adquisición será de 12,62 euros, sin que se pueda deducir nada por otros IVAS soportados por otros conceptos, por ejemplo, arrendamientos, electricidad, servicios suministros. Esto supondrá una gran desventaja competitiva en relación a otros empresarios que desarrollan su actividad bajo la fórmula de sociedad.
Esta modificación en la regulación del Impuesto supone que este deje de ser neutro, generando una grave distorsión en la competencia entre aquellos empresarios que operan como persona física. En algunos casos, algunos comerciantes podrán resolver esta situación transformándose en sociedad siempre y cuando sean propietarios de sus locales pero en otros muchos, en los que el comerciante es arrendatario de renta antigua, la solución es imposible ya que solo podrá transformarse con unos fortísimos incrementos de renta.
Por otra parte, aunque el comerciante persona física se transforme en sociedad, la nueva normativa desarrollada por el Gobierno de la Nación y algunas Comunidades Autónomas tampoco resuelve el problema de cambio de titularidad de las licencias, además de los costes injustificados que generarían esos cambios de titularidad.
Por esos motivos, la federación pide al Gobierno que “modifique la legislación a efectos de que el comerciante de alimentación, sin renunciar al Régimen de Módulos, pueda optar libremente por asumir la nueva regulación u optar al igual que el empresario de hostelería al régimen simplificado del Impuesto sobre el Valor Añadido, evidentemente, cumpliendo las formalidades de éste.
No regular en ese sentido sería dar de forma injustificada una estocada con mandoble toledano a muchos empresarios eficientes, muchos de ellos integrados en Cooperativas de Detallistas que hacen que equilibran el sistema de la distribución en España y que nuestro país tenga el precio de los alimentos de los más bajos de Europa.